Cuotas moderadoras y Copagos EPS

Cuotas moderadoras y Copagos EPS

Teniendo en cuenta el incremento del salario mínimo legal vigente para el año 2023, fijado a través del Decreto 2613 de 2022; la Ley 1955 de 2019, artículo 49; el Decreto 1652 de 2022,  la Resolución 001264 18/11/2022 expedida por la DIAN, en la cual se precisa el incremento del 11.60% de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el año 2023 y lo establecido en el Acuerdo 260 de 2004 en relación al cobro de cuotas moderadoras y copagos, nos permitimos comunicar el valor de los mismos para el año 2023, los cuales tienen vigencia para los servicios autorizados a partir del 1º de enero de 2023.

Cuotas moderadoras - Régimen Subsidiado

En el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud no se cobran cuotas moderadoras.

Cuotas moderadoras - Régimen Contributivo

Las cuotas moderadoras son aportes adicionales en dinero que hace el afiliado cuando accede a los servicios de salud y tienen por objeto, regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS. Las cuotas moderadoras se pagarán al momento de la utilización de cada uno de los servicios en forma independiente.

Deben ser canceladas por lo afiliados cotizantes y beneficiarios. El cobro de cuotas moderadoras se aplicará a los siguientes servicios:

SERVICIOESTRATO 1ESTRATO 2ESTRATO 3
Consulta de Medicina General$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Consulta de Pediatría$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Consulta Médica Especializada$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Psicología primera vez y control$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Laboratorio Clínico$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Imagenología Diagnóstica Simple$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Medicamentos Ambulatorios$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Odontología$ 4.100$ 16.400$ 43.000
Consulta por Optometría$ 4.100$ 16.400$ 43.000

Cuotas moderadoras - Plan Complementario

 

SERVICIOESTRATO 1ESTRATO 2ESTRATO 3
Consulta de Medicina General$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Consulta de Pediatría$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Consulta Médica Especializada$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Psicología primera vez y control$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Laboratorio Clínico$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Imagenología Diagnóstica Simple$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Medicamentos Ambulatorios$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Odontología$ 4.000$ 14.800$ 25.600
Consulta por Optometría$ 4.000$ 14.800$ 25.600

Copagos - Régimen Contributivo

El valor por año calendario permitido por concepto de copagos se determinará para cada beneficiario con base en el ingreso del afiliado cotizante expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes, de la siguiente manera:

  1. Para afiliados cuyo ingreso base de cotización sea menor a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes el 11.5% de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que el cobro por un mismo evento exceda del 28.7% del salario mínimo legal mensual vigente.
  2. Para afiliados cuyo ingreso base de cotización esté entre dos y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 17.3% de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que exceda del 115% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, por un mismo evento.
  3. Para afiliados cuyo ingreso base de cotización sea mayor a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, el 23% de las tarifas pactadas por la EPS con las IPS, sin que por un mismo evento exceda del 230% de un (1) salario mínimo legal mensual vigente.
 POR EVENTO*POR EVENTO*ANUALANUAL
RANGO SALARIAL EN SMLMVTOPE MÁXIMO EN %TOPE MÁXIMO EN PESOSTOPE MÁXIMO EN %TOPE MÁXIMO EN PESOS
NIVEL I28,7%$ 304.58357,5%$ 610.227
NIVEL II115%$ 1.220.455230%$ 2.440.909
NIVEL III230%$ 2.440.909460%$ 4.881.808

*El valor aplica de acuerdo con la tarifa pactada por la EPS y la IPS

Copagos - Régimen Subsidiado

 POR EVENTO*POR EVENTO*ANUALANUAL
RANGO SALARIAL EN SMLMVTOPE MÁXIMO EN %TOPE MÁXIMO EN PESOSTOPE MÁXIMO EN %TOPE MÁXIMO EN PESOS
NIVEL 0NO APLICANO APLICANO APLICANO APLICA
NIVEL 1NO APLICANO APLICANO APLICANO APLICA
NIVEL 250%$ 530.632,42100%$ 1.061.264,84

*El valor aplica de acuerdo con la tarifa pactada por la EPS y la IPS

Es importante recordar:

  • El Ministerio de Salud y Protección Social, en concordancia con las leyes especiales en materia de Salud, ha definido unas poblaciones especiales que se exceptúan de estos pagos y las condiciones para aplicación de dichas excepciones; información que puede consultar en el Decreto 1652 del 2022 “Artículo 2.10.4.9. Excepción del cobro de cuotas moderadoras y copagos para grupos poblaciones especiales”, de aplicación a nivel nacional.
  • Para el Régimen Subsidiado, únicamente en la ciudad de Bogotá D.C., aplica también el Decreto 345 de 2008 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá.
SALARIOVALOR 2023
Salario Mínimo Mensual Legal Vigente 2023$ 1.160.000 Pesos