Preguntas y respuestas frecuentes
En primer lugar, la empresa para la cual trabaja debe estar vinculada a Comfenalco Valle Delagente. Posteriormente, por medio de la Sucursal virtual la empresa, debe diligenciar los campos de afiliación del trabajador, y adjuntar los documentos requeridos para su afiliación y la de sus beneficiarios, cumplimiento de lo establecido en la Ley 789 de 2002 y la Circular Externa No. No. 00002 – 2022, del 2 de marzo de 2022, expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar.
Trabajador (a)
➣ Copia de la tarjeta de identidad: Menores de 18 años.
➣ Copia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería: Mayores de 18 años.
Conyugue / Compañero (a)
➣ Copia de la tarjeta de identidad: Menores de 18 años.
➣ Copia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería: Mayores de 18 años.
➣ Copia del registro civil de matrimonio si son casados.
➣ Declaración juramentada del formulario de afiliación de dependencia económica: utilizar formato establecido por el Ministerio del Trabajo, si conviven en unión libre, diligenciado con fecha no mayor a 30 días.
➣ Certificado de la empresa donde labora el conyugue o Compañero (a), con salario y Caja a la que está afiliado.
Hijos / Hijastros
➣ Copia del registro civil de nacimiento para demostrar parentesco con el trabajador.
➣ Copia de la tarjeta de identidad: Menores de 18 años.
➣ Copia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería: Mayores de 18 años.
➣ Declaración juramentada del formulario de afiliación, confirmando si recibe o no subsidio familiar por el o los hijastros, por otra Caja de Compensación diligenciado con fecha no mayor a 30 días.
➣ Custodia expedida por entidad competente (excepto hijastros con monoparentesco o cuando son huérfanos de padre o madre, en este caso presentar certificado de defunción).
➣ Certificado original de escolaridad del año en curso, emitido por establecimiento docente oficialmente aprobado: Mayores de 12 años.
Hermanos (Deben ser huérfanos de ambos padres)
➣ Copia del registro civil de nacimiento del trabajador y de su hermano, para demostrar parentesco.
➣ Copia de la tarjeta de identidad: Menores de 18 años.
➣ Copia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería: Mayores de 18 años.
➣ Copia de los registros civiles de defunción de ambos padres.
➣ Declaración juramentada del formulario de afiliación, donde indique la dependencia económica del hermano, diligenciado con fecha no mayor a 30 días.
➣ Certificado original de escolaridad del año en curso, emitido por establecimiento docente oficialmente aprobado: Mayores de 12 años.
Padres (Deben depender económicamente del trabajador y no recibir salario, pensión o renta alguna)
➣ Copia del Registro civil de nacimiento del trabajador para demostrar parentesco con los padres.
➣ Copia de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.
➣ Declaración juramentada del formulario de afiliación, donde indique la dependencia económica del o los padres y no recibir salario, pensión o renta alguna diligenciado con fecha no mayor a 30 días, con firma autógrafa tanto del trabajado como del beneficiario padre o madre.
Hijos, hijastros, hermanos y padres discapacitados (Sin limitación de la edad)
➣ Certificado de invalidez o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, expedido por la entidad competente.
Los hijos adoptivos, siempre y cuando se haya presentado el Registro Civil de Nacimiento modificado, en el cual aparezca relacionado el nombre del (de los) padre(s) que adopta(n) al menor, poseen los mismos derechos y deberes de los hijos naturales.
A partir del momento de la realización de su afiliación, usted podrá acceder a los diferentes servicios que le ofrece su Caja de Compensación Familiar Comfenalco Valle Delagente.
La normatividad legal vigente permite que el trabajador afilie como beneficiarios a sus hijos, hijastros, conyugue o compañera permanente, los padres (que no reciban renta o estén pensionados) que dependan económicamente de él, hermanos huérfanos de ambos padres y a quien tengan legalmente en custodia.
Debe remitir a Registro y Aportes de la Sede Administrativa más cercana dentro del departamento del Valle del Cauca, fotocopia del nuevo documento de identidad, en el cual se debe escribir en la parte superior de la copia, el nombre y número de identificación del trabajador, junto con el formato de actualización de datos.
La actualización se puede hacer a través de la sucursal virtual, también directamente en el área de Registro y Aportes, en la línea de atención telefónica de Comfenalco Valle Delagente, por comunicación escrita. Debe reportar los siguientes datos: Identificación, Nombre, Dirección, Barrio, Teléfono, Ciudad, correo electrónico y celular, junto con el formato de actualización de datos.
Lo puede realizar a través de la sucursal virtual o solicitar el formulario de afiliación como pensionado en nuestras oficinas. Si está en Cali, diríjase a la calle 5 # 6-63, diligéncielo y adjunte una copia de su cédula, los dos últimos desprendibles de pago. Luego de estar afiliado puede adicionar a su grupo familiar.
Los empleadores están obligados a realizar el pago de los aportes al Sistema de la Protección Social, a través de la planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA y en las fechas establecidas. La fecha límite máxima para el pago de aportes sin tener que cancelar intereses de mora, se determina de acuerdo a los dos últimos dígitos de su NIT (No se debe tener en cuenta el dígito de verificación).
El horario de atención en todas las sedes administrativas es de 8:00 am a 4:00 pm, jornada continua, de lunes a viernes.
Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentaje sobre ventas y comisiones. (Código Sustantivo de Trabajo art. 127 Subrogado por el Art. 14 Ley 50/90).
Es un conjunto de actividades cuya finalidad es verificar la afiliación correcta y oportuna de los trabajadores a la Caja de Compensación Familiar, las bases de liquidación, el pago oportuno de los aportes parafiscales y la información relacionada con el subsidio familiar en dinero (artículo 4º del Decreto 562 de 1990).
Él envió de la información es una obligación legal del empleador y su incumplimiento puede conllevar a la expulsión de la Caja de Compensación Familiar, tal como lo establece el Parágrafo 4 del Artículo 3° Capítulo II del Reglamento para la Suspensión, Desafiliación o Expulsión de los Afiliados a la Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca Comfenalco Valle Delagente:
(…) f Negativa de la empresa a enviar la información relativa a la nómina de salarios y documentos requeridos por la Caja o no permitir su revisión en la sede de la misma, (Artículo 2.2.7.2.3.5 Decreto 1072 de 2015).
Es el incumplimiento que genera cuando existiendo afiliación y no se genera la autoliquidación acompañada del respectivo pago de las contribuciones Parafiscales de la Protección Social en los plazos establecidos en las disposiciones legales vigentes.
Es cuando se presenta un menor valor declarado y pagado en la autoliquidación de aportes frente a los aportes que efectivamente el aportante estaba obligado a declarar y pagar, según lo ordenado por la Ley.
Es el incumplimiento de la obligación de afiliar o afiliarse a alguno o algunos de los subsistemas que integran el Sistema de la Protección Social y como consecuencia de ello, no haber declarado ni pagado las respectivas contribuciones parafiscales, cuando surja la obligación conforme con las disposiciones legales vigentes.
Solicitar el traslado de aportes por medio del correo servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co, indicando cédula de(los) trabajador(es), la Caja a la que pertenece(n), periodo pagado, valor cotizado.
Solicitar el traslado de aportes por medio del correo electrónico servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co, indicando los periodos pagados y la Caja de Compensación a la cual se encuentra afiliado(a). Anexando el certificado de afiliación de la otra caja.
No, según el artículo 15 de la Ley 21 de 1982 (territorialidad), una empresa solo puede estar afiliada a una Caja de Compensación Familiar en el Departamento donde cause su nómina.
Solicitar por medio del correo electrónico servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co, la devolución del pago incorrecto y realizar un nuevo pago con la información correcta. Con la presentación de los documentos que justifiquen el error.
Solicitar por medio del correo electrónico servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co la modificación del tipo o número de documento, indicando el número de la planilla donde se canceló el aporte por el trabajador, el número o tipo de documento errado y el correcto.
La Ley 2225 de del 30 de junio del 2022, define que el cuidador es quien apoya en las tareas básicas cotidianas (higiene, aseo, alimentación o suministro de medicamentos) de una persona en condición de discapacidad debidamente certificada por la Entidad Promotora de Salud (EPS) quien, sin la asistencia de la primera, no podría realizarlas. El servicio de cuidado o asistencia personal estará siempre supeditado a la autonomía, voluntad y preferencias de la persona con discapacidad a quien se presta la asistencia.
Desde el segundo semestre del 2022 se determinó que el cónyuge o compañero permanente de los trabajadores afiliados al sistema del subsidio familiar, a través de una Caja de Compensación Familiar, pueden acceder al subsidio familiar en dinero por ser cuidadores de los beneficiarios a cargo del trabajador cotizante como hijos, hermanos (huérfanos de ambos padres) o padres mayores de 60 años que se encuentren en condición de discapacidad.
➣ La remuneración mensual fija o variable del trabajador afiliado no sobrepase los dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
➣ Tener afiliado(a), el beneficiario(a) cónyuge o compañero(a) permanente del trabajador cotizante.
➣ El cónyuge o compañero(a) permanente del trabajador afiliado, no cuente con vinculación laboral o ingreso alguno.
➣ Compañera (o) permanente: El trabajador puede demostrarlo actualizando y firmando el formato de declaración juramentada (descarga aquí formato).
➣ Cónyuge: Puede demostrarlo diligenciando la manifestación juramentada (descarga aquí formato), la cual debe venir firmada por el cuidador (a).
➣ El cónyuge o compañero(a) permanente, realice actividades de cuidado a la persona en condición de discapacidad a cargo del trabajador afiliado beneficiario del subsidio familiar en dinero, quien lo apoya en la realización de las tareas básicas de la vida cotidiana en actividades de higiene, aseo, alimentación y ayuda en la administración de medicamentos por vía oral, lo cual debe estar certificado por su EPS, IPS o entidad competente o diligenciando la manifestación juramentada (descarga aquí formato), la cual debe venir firmada por el cuidador (a).
Es importante indicar que el pago de esta cuota monetaria se realiza directamente al cotizante y el valor pagado corresponde a una cuota ordinaria no doble.
Son los documentos otorgados en el exterior que se pretendan hacer valer en Colombia deben cumplir con el requisito de apostilla o legalización, según corresponda en el país de origen de dichos documentos.
De acuerdo con lo anterior, el requisito de apostilla establecido en la Convención previamente mencionada, para los países que son parte del acuerdo internacional, es el único requisito necesario para certificar la autenticidad de la firma, lo que permite que el documento tenga plena validez legal. Por otro lado, si el documento extranjero fue expedido por un Estado que no ha ratificado el Tratado Internacional en comento, dicho documento ha de ser aportado debidamente legalizado.
Cuando los días reportados por el empleador, correspondiente a los aportes pagados en las Planillas Integradas de Liquidación de Aportes PILA en determinado periodo, son menores a 12 días, motivo por el cual no se liquida la cuota monetaria por días cotizados insuficientes, conforme a lo dispuesto en la ley 789 del 2002.
Solicitar por medio del correo electrónico servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co, el subsidio extraordinario por fallecimiento anexando copia del certificado de defunción, de acuerdo con: “Ley 789 de 2002, artículo 3, parágrafo 1, numeral 5. En caso de muerte de una persona a cargo por la cual el trabajador estuviere recibiendo subsidio familiar, se pagará un subsidio extraordinario por el mes en que este ocurra, equivalente a 12 mensualidades del subsidio en dinero que viniere recibiendo por el fallecido”.
No es procedente, amparados en la Ley 789 de 2002. Artículo 3°. Régimen del subsidio familiar en dinero… “Parágrafo 1°. Darán derecho al subsidio familiar en dinero las personas a cargo de los trabajadores beneficiarios, que a continuación se enumeran:
… 3. Los padres del trabajador beneficiario mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores y que dependan económicamente del trabajador.”
Solicitar por medio del correo electrónico servicioalcliente@comfenalcovalle.com.co, que se le otorgue el pago del subsidio por su hijo, enviando copia de la cédula de ciudadanía, de la madre biológica quien solicita y copia de la custodia.
La custodia debe ser expedida por la correspondiente entidad competente, ICBF, comisarías de familia, juzgado de familia, y en ausencia de este las funciones le corresponden al Inspector de Policía.
entendiéndose por “(…) CUSTODIA: Se traduce en el oficio o función mediante el cual se tiene poder para criar, educar, orientar, conducir, formar hábitos, dirigir y disciplinar la conducta, siempre con la mira puesta en el hijo, en el educando, en el incapaz de obrar y auto regular en forma independiente su comportamiento.
Los subsidios monetarios puestos a su disposición y no cobrados, prescriben a los 3 años. (Ley 21 de 1982, Artículo 6).
Una vez ejecutoriada la sentencia que así lo ordene o en su defecto a través de la escritura pública de declaración que reconozca la calidad de hijo de crianza, se deberá realizar la correspondiente anotación en el registro civil de las partes reconocidas, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2388 de 2024, y se alleguen a esta Corporación los documentos que así lo acrediten.
Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 3º de la referida ley, la declaración de hijo de crianza se tramitará ante el i) juez de familia, o se podrá realizar mediante ii) escritura pública, ante el notario del domicilio del que pretende reconocerse como tal, siempre y cuando, se cuente con los medios probatorios de que trata el artículo 165 del Código General del Proceso.
Recuerde que si ha realizado los aportes a través del operador MI PLANILLA.COM usted podrá efectuar sus aportes mensuales utilizando el mismo número de planilla o referencia bancaria realizando el cambio de periodo de aporte y sin necesidad de generar nuevamente su planilla asistida.
Tenga siempre en cuenta la fecha límite de pago según los 2 últimos dígitos de cédula así:
Según el decreto 1670 de 2007 | |
Los pagos a seguridad social deberán ser efectuados en las siguientes fechas mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) | |
Último día hábil de pago | Últimos dos dígitos de la cédula |
1 | 00 al 07 |
2 | 08 al 14 |
3 | 15 al 21 |
4 | 22 al 28 |
5 | 29 al 35 |
6 | 36 al 42 |
7 | 43 al 49 |
8 | 50 al 56 |
9 | 57 al 63 |
10 | 64 al 69 |
11 | 70 al 75 |
12 | 76 al 81 |
13 | 82 al 87 |
14 | 88 al 93 |
15 | 94 al 99 |
En el caso de no pagar antes o en la fecha estipulada usted podrá ir al banco y realizar el aporte al segundo día hábil de haber pasado su fecha límite de aportes o, en su defecto, deberá ingresar por la página web www.miplanilla.com y liquidar su planilla de aporte asistido de acuerdo a las instrucciones dadas en los meses anteriores.
En caso de tener dudas o que su número de planilla no figura en el banco debe llamar a línea gratuita 018000117006, o comunicarse al siguiente correo operadorpila@compensar.com el cual tiene una respuesta de 24 a 48 horas máximo.
La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes al Sistema de la Protección Social es un mecanismo que permite realizar el pago integrado de los aportes a la Seguridad Social (Salud, Pensión, Riesgos Profesionales) y demás parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Sena, ICBF, ESAP y Ministerio de Educación Nacional) a través de transferencias electrónicas de fondos, empleando la planilla integrada de Liquidación de Aportes en formato electrónico por Internet.
El objetivo es facilitar el trámite mensual de los aportantes, ya que evitará diligenciamiento de un formulario para cada administradora y un proceso de pago individual, para reemplazarlos por el diligenciamiento de la planilla electrónica que le permite el pago integrado.
De esta forma se logran importantes ahorros para los aportantes, representados en la optimización de tiempo de los mensajeros encargados de recoger los formularios en cada administradora y de pagar en los bancos, el tiempo de los auxiliares de nómina que diligencian actualmente los formularios de pago y los trámites y costos de los procesos de tesorería y contabilidad para la liquidación y registro de cada uno de los distintos aportes.
Intervienen los aportantes, las entidades administradoras; operadores de Información y operadores Financieros.
Las entidades administradoras son las EPS; los Fondos de Pensiones; las ARP; las Cajas de Compensación Familiar; El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF; el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA; las cuales les prestan un servicio a los trabajadores.
El operador financiero es la entidad bancaria que se encarga de las transacciones de los aportantes por pago de la planilla única.
Los Centros de Trabajo o Centros de Costo son porcentajes que establece la ARP, dependiendo de las funciones que los trabajadores desempeñen dentro de la empresa.
De igual manera es necesario agregar el código de la actividad económica el cual se conforma de siete dígitos, este proporciona información detallada de las funciones que desempeña el empleado a la administradora de ARP.
Los cursos de Educación y Cultura son para personas afiliadas y no afiliados a la caja de compensación de Comfenalco Valle Delagente y tienen un costo definido teniendo en cuenta su categoría de afiliación.
Para acceder a las actividades, el afiliado debe registrarse a través de la App Delagente. Una vez completado el registro, recibirá el código QR de la actividad en su correo electrónico, el cual también estará disponible en la App, en la opción «Historial de compras».
Se desarrolla una programación de cursos o capacitaciones mensuales, bimestrales y trimestrales de acuerdo a las estadísticas de participación, que buscan satisfacer las necesidades que presentan nuestra población afiliada y no afiliada.
Los talleres artísticos para niños y niñas son dictados de acuerdo a la programación en algunas ocasiones son en la Biblioteca Departamental en Cali y/o en las sedes de educación ubicadas en las regionales como Palmira, Buga, Tuluá, Cartago y Buenaventura.
- Cuando la cancelación de un servicio se realiza por parte del cliente, para solicitar devolución del dinero pagado o remuneración debe gestionar solicitud a más tardar siete (7) días hábiles antes de la fecha de inicio; pasados estos días no se hará devolución.
- Cuando se cancela el servicio por parte del área de educación, se devuelve el 100% del valor pagado.
- Para la reclamación del dinero en cualquiera de los casos anteriores el cliente tiene hasta 30 días calendario contados a partir de la fecha de pago, después de este tiempo pierde el derecho de la devolución.
- En caso de extravío del recibo de pago original el cliente que solicita la devolución debe presentar el denuncio.
En Cursos de Sistemas, Formación Continua y Carreras Técnicas:
La persona podrá acercar a la dirección carrera 4 #6-42, San Pedro, Cali PEC Delagente al módulo de Formación Continua y Curso de Sistemas, con el documento de identidad original y se expide a más tardar en tres días hábiles, también podrá generarlo el estudiante a través de la plataforma Edugente haciendo uso de las credenciales asignadas al inicio del curso, de lo contrario el estudiante puede enviar su solicitud de certificado al correo asesorpec@comfenalcovalle.com.co
Colegio:
Estas solicitudes se tramitarán con el Secretario Académico del Colegio en Torre C piso 1°, el usuario suministra los datos completos; nombre, apellidos, número de documento de identidad, fecha de finalización de estudios, ciclo y jornada, que desea certificar, para que se le entregue la orden escrita del valor a cancelar por concepto de Certificado o Constancia de Estudio. Este pago deberá realizarse en la torre C piso 1 en el CIS (Centro integral de servicios)
Una vez efectuado el pago, el usuario deberá entregar el comprobante de pago al Secretario Académico para que le sea expedido el documento requerido, tres (5) días hábiles posteriores al pago realizado. El estudiante activo Categorías A y B en el Instituto no cancela los valores establecidos; Pero si pagan los estudiantes que se han retirado, los no afiliados y los estudiantes egresados. También se podrá solicitar de manera virtual al correo pamarulanda@comfenalcovalle.com.co ó comunicándose al celular 3165254746 – 3206323461.
Artes y oficios (Manualidades y gastronomía):
Se puede hacer la solicitud del certificado de manera personal en la calle 5 No 6-63 torre C, 1er piso Área de Educación y Cultura o vía telefónica en el teléfono (602) 8862727 ext. 2264 o 2328, indicando el nombre del curso que tomo, se verifica la información y en un tiempo de 3 días hábiles se entrega el certificado. También los cursos realizados a través de la plataforma Edugente los puede descargar el usuario, una vez finalizado el curso y diligenciado la encuesta de satisfacción.
Las fechas de promoción y matrículas para el Instituto de Educación de Comfenalco Valle Delagente para Cali y Regionales son las siguientes:
Primer Semestre: septiembre a febrero de cada año.
Segundo Semestre: abril a agosto de cada año.
Las fechas de promoción o matrículas de los programas Técnicos Laborales de Cali y Regionales son las siguientes siempre:
PERIODO A: de diciembre a febrero.
PERIODO B: de junio a agosto.
A partir del año 2017 se implementó el formulario en línea a través de la página web para realizar la postulación al Kit Escolar, la cual se habilita a mitad de año.
El ejercicio de postulación al Kit Escolar se realiza a través de la plataforma designada para tal fin, dicha información es publicada a través de nuestros medios de comunicación.
Toda la programación dirigida a niños, niñas y adolescentes podrán encontrarla en la página:
https://boletasdelagente.com/delagenteweb/business/6/21
Los buses salen a Yanaconas desde la plazoleta de mercurio calle 6 con carrera 9 en Cali.
Los días sábados el horario de salida entre 08:30 a.m. y 9:00 am y a las 10:30 a.m. y 11:00 am (2 salidas) con el cupo completo del bus, por lo tanto, debe hacerse la salvedad al usuario al tomar el servicio para los días sábados.
Los días domingos y festivos el horario de salida es a las 8:00 a.m. hasta las 12:00 m.
No, porque la Caja de Compensación Familiar es independiente de los servicios de salud.
Los afiliados a la Caja de Compensación Familiar y los no afiliados pueden ingresar alimentos a los centros recreacionales como parte de un beneficio para que puedan disfrutar de su día recreativo con nosotros.
Comfenalco Valle Delagente no ofrece transporte directo a Cartago, no obstante, del Terminal de Transportes salen buses que ofrecen el recorrido desde Cali a Cartago con un valor promedio de $30.000 por trayecto.
Sí. Clic aquí para ver las tarifas.
El Hotel y Centro Recreacional Yanaconas cuenta con habitaciones en acomodación desde 1 hasta 6 personas. La habitación consta de: Servicio de baño privado con agua caliente, TV de 14” con señal de DIRECTV, closet y minibar.
Se puede realizar pre reserva telefónicamente en la línea (602) 8862727 opción 2, la reserva solo se hace efectiva en el momento del pago el cual se debe realizar antes de llegar al hotel.
No hay restricción alguna y se realizara cobro de acuerdo con su categoría de afiliación a la caja.
Se puede realizar reserva y pago electrónico por la página hotelesdelagente.comfenalcovalle.com.co . También puede hacer la reserva por el canal telefónico en la línea (602) 8862727 opción 2.
Si. No obstante Comfenalco Valle Delagente no cuenta con transporte programado para estos días a menos que se traten de grupos mayores a 20 personas y se cobra el transporte.
Sí, siempre y cuando porte su manilla para los alojados y para el pasadía se debe informar en taquilla o al guarda de seguridad. Comfenalco Valle Delagente no se hace responsable de cualquier incidente que se presente fuera de sus instalaciones.
No se permite el ingreso de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas.
- Tener conformado un hogar por una o más personas que integren el mismo núcleo familiar.
- Los ingresos del grupo familiar no deben superar los cuatro (4) SMMLV.
- No ser propietario de vivienda, en el caso de compra de vivienda nueva o usada.
- Ser propietario del lote o terraza, libre de limitaciones de dominio, condiciones resolutorias, embargos o gravámenes, para los casos de construcción en sitio propio.
- Ser propietario de vivienda con carencias básicas como estructura, pisos, techos, etc., libre de limitaciones de dominio, condiciones resolutorias, embargos o gravámenes, además de debe tener la construcción declarada mediante escritura pública y debidamente registrada, en el caso de subsidio para mejoramiento.
- No haber sido beneficiario anteriormente de un subsidio familiar de vivienda por parte de Caja de Compensación, Inurbe, Forec, Banco agrario, Caja Agraria, Focafé, Caja Militar, Fonvivienda o crédito del ICT (Instituto de Crédito Territorial).
- Acreditar condición de madre comunitaria a través de documento expedido por el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), si aplica.
- Documentos para postularse al subsidio familiar de vivienda
De la página web test.comfenalcovalle.com.co, puede descargarse el formulario e imprimirse, también encontrará el instructivo para diligenciar el formulario, o en nuestras oficinas de vivienda ubicadas en las regionales será asesorado y se le entregará el formulario al solicitante. - Diligenciar el formulario en su totalidad sin enmendaduras, sin espacios en blanco.
- Fotocopia de cédula de ciudadanía de los mayores de edad, registro civil de nacimiento de los menores de edad, registro civil de matrimonio o prueba de unión marital de hecho.
- Certificación laboral expedida por el empleador con fecha no superior a 30 días.
- Certificado de ahorro previo expedido por el ente o los entes donde cuente con estos recursos, con fecha de expedición no superior a 30 días.
- Certificado de crédito hipotecario aprobado.
- Documentos adicionales, para casos especiales: Certificación de ICBF como madre comunitaria con fecha de expedición inferior a 30 días, Certificación médica de la discapacidad física o mental expedida por el médico tratante, Certificación de dependencia económica (mayores de edad que no trabajan), donde manifiesta que depende económicamente del trabajador afiliado, declaración ante notario de condición de mujer u hombre cabeza de hogar
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua.
- Debe ser afiliado a la Caja de Compensación Familiar Comfenalco Valle Delagente.
- No encontrarse postulado a subsidio de vivienda por ninguna entidad
- En caso de estar postulado a algún subsidio de vivienda, a través de alguna entidad, solo se podrá solicitar movilización de cesantías o cancelación de ahorro programado si renuncia a dicho proceso.
- En caso de haber sido adjudicado de subsidio de vivienda por medio de esta Caja de Compensación, debe haberse hecho efectivo el pago de dicho subsidio a la constructora u oferente donde realizó la compra del inmueble. Para certificarlo, debe presentar paz y salvo de la constructora u oferente.
- Para movilización de cesantías, debe traer certificación original de la entidad donde tiene inmovilizadas sus cesantías, con vigencia de treinta (30) días, donde se especifiquen nombre y número de cédula del titular, monto inmovilizado, fecha de inmovilización y el dato de que están inmovilizadas a nombre de la Caja de compensación Comfenalco Valle Delagente.
- Para cancelación de cuenta de ahorro programado, debe traer certificación original de la entidad donde tiene dicho ahorro, con vigencia de treinta (30) días, donde se especifiquen nombre y número de cédula de titular, monto ahorrado y fecha de apertura.
Los beneficiarios de las Cajas de Compensación Familiar podrán aplicar los subsidios otorgados por estas, dentro de los planes elegibles al efecto, para la adquisición de una vivienda nueva, o para construcción en sitio propio, o mejoramiento, siempre que el valor máximo de la Vivienda de Interés Social (VIS) no supere la suma equivalente a ciento treinta y cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (135 smlmv), en el caso de inmuebles ubicados en zona urbana y no superar los setenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (70 smlmv), para los inmuebles ubicados en zona rural, además tiene cobertura nacional.
Si, debe ser afiliado a Caja de Compensación Familiar Comfenalco Valle Delagente.
- Ser trabajador afiliado a la Caja de Compensación.
- Contar con autorización de la empresa para el descuento por nómina.
- Contar con Capacidad de pago y descuento por nómina.
- Adecuado comportamiento crediticio en centrales de Riesgo.
- Antigüedad laboral mínima de dos años.
El trámite se realiza de forma virtual y en el diligenciamiento debes aportar la siguiente documentación:
- Carta laboral con vigencia no mayor a 30 días.
- Fotocopia ampliada al 150 de la cédula de ciudadanía.
- Desprendibles de nómina de los últimos dos meses.
- Certificado de deuda con entidad bancaria (Aplica en casos de compra de cartera).
Las tasas varían de acuerdo al plazo y perfil de riesgo; sin embargo, son muy competitivas frente al sector financiero.
La aprobación en condiciones normales que no requieran aclaraciones adicionales en el análisis, tiene un plazo máximo de respuesta de 3 días.
El hecho de tener paz y salvos de las entidades que te reportaron, no garantiza que el crédito será aprobado, la decisión dependerá de las políticas internas de crédito evaluando el perfil de riesgo.
Si. Compramos carteras financieras vigentes buscando unificarlas con el objetivo de mejorar los flujos de caja de las personas y permitirles una mejor calidad de vida.
No contamos actualmente con esta línea de crédito. Las líneas de crédito a las cuales puedes acceder son libre inversión y compra de cartera a través de descuento por nómina y Anticipo de Subsidio.
En la actualidad no contamos con esta línea de crédito. Sin embargo, puede acceder a la línea de crédito de Libre inversión a través de descuento por nómina, y podrá definir el destino de acuerdo con su necesidad.
Comfenalco Valle Delagente no cobra por este concepto.
No se cobra ninguna sanción por prepagar un crédito.
El horario de atención de la Agencia de Empleo de Comfenalco Valle Delagente es:
Cali: Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. jornada continua.
Regionales: Lunes a viernes 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
Para ver las sedes haga Clic aquí
Requisitos de postulación:
- Encontrarse en condición de cesante o desempleado (no debe estar pensionado por invalidez, vejez o sobrevivencia).
- Si en su último vínculo laboral aportó como trabajador dependiente, debe haber realizado aportes a la Caja de Compensación Familiar durante un (1) año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos tres (3) años. Para el caso de los trabajadores independientes, debe haber realizado aportes a la Caja de Compensación Familiar durante dos (2) años continuos o discontinuos, en el transcurso de los últimos tres (3) años.
- Que la última Caja de Compensación a la cual haya aportado sea Comfenalco Valle Delagente y haya cotizado como afiliado en categorías: A, B o C.
- No haber sido beneficiario dentro de los últimos 3 años, de los pagos subsidios del Mecanismo de Protección al Cesante (Ley 1636 y Decretos 488 y 770).
- Estar inscrito en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la red del servicio público de empleo, y realizar obligatoriamente la ruta de empleabilidad haciendo click aquí, o de forma presencial.
- Asistir y certificarse obligatoriamente al programa de capacitación dispuesto por la Agencia de Empleo.
Documentos para anexar:
- Copia del documento de identificación legible (por ambos lados).
- Certificación de la cesación laboral expedida por el empleador, indicando la fecha exacta de la terminación laboral, última remuneración del trabajador y motivo del retiro, debe estar debidamente firmada, en caso de que su carta no detalle estos tres (3) datos, por favor diligenciar y anexar a la postulación la declaración juramentada.
Opcionalmente Presentar:
- Certificado de la EPS, donde se evidencie que su estado actual es Retirado, Subsidiado, Protección laboral o Beneficiario.
- Certificación del Fondo Pensiones al cual está afiliado, con vigencia no mayor a 30 días.
Ver mas info en el link: https://www.comfenalcovalle.com.co/ postulacionesagenciadeempleo/ seguro-al-desempleo/