Ley de Pospenados

Ley de Pospenados

La Ley 2208 de 2022, conocida como la «Ley de Segundas Oportunidades» en Colombia, establece incentivos económicos para fortalecer el acceso y las oportunidades de empleo y formación para la población Pospenada y se dictan otras disposiciones.

El beneficio establecido en los artículos 6 y 7 de Ley 2208 “Progresividad en el pago de parafiscales” aplica para el Sistema de Subsidio Familiar y solo se predica respecto del trabajador.

Nuevo tipo de Cotizante:

71 – Ley de segundas oportunidades

1.

Se liquida en planilla tipo E – Empleados empresa.

2.

Solo podrá ser usado por empresas con una planta de personal de 100 o más trabajadores.

3.

Aporta a los sistemas de EPS, AFP, ARL, CCF, SENA e ICBF.

4.

La base de cotización es cuando menos 1 SMMLV, o la proporción de días.

5.

El operador de información validará frente a base de referencia que el cotizante se encuentra autorizado.

6.

Para el reporte de la tarifa a caja de compensación, el operador de información debe aplicar el porcentaje registrado en la base de referencia.

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Comfenalco Valle Delagente
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